COMUNICADO OFICIAL NRO.015
Pronunciamiento del Consejo Nacional para la Igualdad de Género frente el Veto Total del Código Orgánico de Salud
El Consejo Nacional para la Igualdad de Género (CNIG), en calidad de mecanismo de género responsable de asegurar la plena vigencia y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en todas sus diversidades y personas LGBTI, expresa su rechazo al veto total del Código Orgánico de Salud, pues representa un retroceso en la implementación progresiva del derecho constitucional a la salud, que tiene que ser garantizado por todo el personal de salud; es así que el veto limita:
- La atención de salud a todas las personas sin discriminación alguna.
- La prohibición de dilatar o negar la atención a la salud en situación de emergencia médica.
- Las políticas de prevención en materia de salud sexual y salud reproductiva.
- El derecho a la identidad y autonomía progresiva de las niñas y niños intersexuales y se ha dejado libre la intervención quirúrgica de sus genitales.
- El derecho de las mujeres en todas sus diversidades a ser atendidas en casos de emergencias obstétricas.
- El derecho a una vida libre de violencia de las personas LGBTI, y dejando libre la oferta de servicios clínicos de tortura que tengan como finalidad cambiar la orientación sexual o identidad de género.
- El reconocimiento de la violencia contra las mujeres como un problema de salud pública.
En definitiva, se ha desconocido el enfoque de género, los estándares internacionales en derechos humanos para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en todas sus diversidades y personas LGBTI, así como las recomendaciones de los órganos de tratados de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos a los cuales Ecuador está adherido.
En este sentido, el Consejo Nacional para la Igualdad de Género, en el marco de los principios constitucionales y laicidad del Estado ecuatoriano, exhorta al Sistema Nacional de Salud a cumplir con las disposiciones constitucionales para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas LGBTI sin discriminación alguna, pues constituyen derechos humanos inalienables, indivisibles e interdependientes y no deben ser afectados o menoscabados incluso frente a la objeción de conciencia del personal del sistema nacional de salud.
CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO